SOBERANIA ALIMENTARIA: Es el derecho de los pueblos a alimentos nutritivos y culturalmente adecuados, accesibles, producidos de forma sostenible y ecológica, y su derecho a decidir su propio sistema alimentario y productivo. Da prioridad a las economías y mercados locales y nacionales, además otorga el poder a los campesinos y a la agricultura familiar.
AUTOGOBIERNO: es una forma de dirección de un ente, cuya administración goza de autonomía plena, lo que significa que se tiene la capacidad de actuar con total independencia y libertad y tener la facultad de tomar decisiones por sí mismo; sin la intervención de algo o alguien más, que sea ajeno a dicha posición.
HUERTAS ORGANICAS: Es un espacio de tierra en donde se realiza un cultivo de hortalizas, legumbres, plantas medicinales y árboles frutales. Estas huertas reciben el nombre de orgánica, porque allí se lleva a cabo un tipo de cultivo, que se basa en el respeto de los procesos naturales de los alimentos que sembramos.
BIBLIOGRAFIA
-Soberanía alimentaria.tv, Declaración de Nyéléni, Selingué, Mali 2007. Consultado el 16 de agosto de 2016, de http://www.soberaniaalimentaria.tv/
-conceptodefinicion.de, octubre 10, 2015. Consultado el 16 de agosto de 2016, de http://conceptodefinicion.de/autogobierno/
-Innatia, Sebastian olguin. Consultado el 16 de agosto de 2016, de http://www.innatia.com/s/c-huerta-organica/a-que-es-huerta-organica.html
Manuela Vásquez Londoño
Estudiante de ingeniería ambiental
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